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Convenio De Estambul.


El Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, más conocido como Convenio de Estambul, dado que su presentación se produjo en esa ciudad en 2011, está considerado como el tratado internacional más completo y de mayor alcance sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres, siendo también el primer instrumento de carácter vinculante a nivel europeo en esta materia. Sus rasgos más relevantes son la extensión del concepto de violencia de género, que en España la Ley 1/2004 deja circunscrita a la pareja o expareja; la no supeditación de las medidas sociales y de seguridad a que la víctima presente denuncia judicial o testifique, la mejora de la colaboración internacional y entre las autoridades judiciales y fiscales, la policía y las administraciones estatal, autonómicas y locales, así como las ONG’s, en la protección de todas las víctimas. https://rm.coe.int/1680462543


El Convenio de Estambul entró en vigor en Europa desde el 1 de agosto de 2014, y fue ratificado por España en ese mismo año. Su cumplimiento es objeto de seguimiento y evaluación por parte de un comité de expertas conocido como GREVIO (Grupo de Expertas en la lucha contra la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Doméstica). https://www.coe.int/en/web/istanbul-convention/grevio.

Es el primer instrumento de carácter vinculante en el ámbito europeo en materia de violencia contra la mujer y violencia doméstica, y está considerado el tratado internacional más completo y de mayor alcance sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica.​ Reconoce la violencia contra las mujeres como una violación de los derechos humanos y aborda la violencia contra las mujeres a través de medidas dirigidas a la prevención de la violencia, la protección a las víctimas y el enjuiciamiento de los autores.​


El Convenio contempla como delito todas las formas de violencia contra la mujer: la violencia física, psicológica y sexual, incluida la violación; la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado, el acoso, el aborto forzado y la esterilización forzada. Esto implica que los Estados deberán introducir en sus sistemas jurídicos estos delitos.

El Consejo de Europa ha emprendido una serie de iniciativas para promover la protección de mujeres en contra de violencia desde los años 1990. En particular, estas iniciativas han resultado en la adopción, en 2002, del Consejo de Recomendación de Europa Rec (2002) del Comité de Ministros a los Estados miembro en la protección de las mujeres en contra de la violencia, y la implementación de una campaña amplia en Europa, entre 2006 y 2008, para combatir la violencia contra mujeres, incluyendo la violencia doméstica.6​ La Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa también ha tomado una firme postura política en contra todas las formas de violencia contra mujeres. Ha adoptado un número de resoluciones y recomendaciones que piden estándares legales obligatorios que impidan, protejan y castiguen las formas más severas y extendidas de violencia de género.

Recomendación de Europa Rec (2002)
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El Consejo de Europa decidió que era necesario poner estándares comprensibles para impedir y combatir la violencia contra mujeres y la violencia doméstica. En diciembre de 2008, el Comité de Ministros instaló un grupo experto mandatado para preparar un borrador de convención en este campo. En el curso de dos años, este grupo, llamado CAHVIO (Comité Ad Hoc para impedir y combatir la Violencia contra mujeres y violencia doméstica), generó un texto de borrador. Durante la etapa final de redacción de la convención, Reino Unido, Italia, Rusia y la Santa Sede propusieron varias enmiendas para limitar los requisitos proporcionados por la Convención. Estas enmiendas fueron criticadas por Amnistía Internacional. El borrador final de la convención fue producido en diciembre de 2010.

La convención fue adoptada por el Comité de Ministros del Consejo de Europa el 7 de abril de 2011. Se abrió para su firma el 11 de mayo de 2011, con ocasión de la 121.ª Sesión del Comité de Ministros en Estambul. Entró en vigor con 10 ratificaciones, ocho de las cuales fueron requeridas para ser Estados miembro del Consejo de Europa.

Países que han ratificado el Convenio


El 12 de marzo de 2012, Turquía se convirtió en el primer país en ratificar la Convención, si bien en el 20 de marzo de 2021, con el islamista conservador Tayyip Erdoğan como presidente de Turquía, abandonó la Convención de Estambul.


Entre 2013 y 2015 fue rataficado por otros dieciocho países que firmaron: (Albania, Andorra, Austria, Bosnia y Herzegovina, Dinamarca, Finlandia, Francia, Italia, Malta, Mónaco, Montenegro, Países Bajos, Polonia, Portugal, Serbia, Eslovenia, España y Suecia).​ El 11 de mayo de 2017, el Consejo decidió la adhesión de la Unión Europea​ considerando que esta adhesión garantiza la complementariedad entre el plano nacional y el plano de la UE, y consolida la capacidad de esta última para desempeñar un papel más eficaz en foros internacionales como el Grupo de Expertos del Consejo de Europa en la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (GREVIO).


A julio de 2017, la convención estaba firmada por 46 estados, seguidos de la ratificación del mínimo de ocho veinticuatro miembros del Consejo de Europa.

La Convención de Estambul es el primer instrumento legal de fuerza obligatoria que crea un marco legal comprensible y una aproximación para combatir la violencia contra mujeres además de prevenir la violencia doméstica, protegiendo a las víctimas y castigando a los infractores.


Establece que la violencia contra las mujeres y la violencia intrafamiliar son una grave violación de los derechos humanos y una forma de discriminación, de la que los Estados son responsables si no responden de manera adecuada.

Contempla como delito todas las formas de violencia contra la mujer: la violencia física, psicológica y sexual, incluida la violación; la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado, el acoso, el aborto forzado y la esterilización forzada. Esto implica que los Estados deberán introducir en sus sistemas jurídicos estos delitos.


En el apartado referido a la violencia sexual, el Convenio de Estambul deja claro que “el consentimiento debe prestarse voluntariamente como manifestación de libre arbitrio de la persona considerado en el contexto de las condiciones circundantes”.


Entre sus avances en relación a leyes anteriores -entre ellas la Ley Integral contra la Violencia de Género en España (2004) que en su momento se consideró pionera- está el poner no sólo el foco en la prevención de la violencia y la protección de las víctimas sino también en la persecución y el castigo a los agresores. También condena cualquier práctica contra la mujer sin aceptar como atenuante las tradiciones culturales.

¿Cuáles son los riesgos para el Convenio de Estambul?


Los avances conseguidos por las mujeres con sus reivindicaciones y movilización frente a la violencia sexual, legislativas, de sensibilización y cambios en los comportamientos, de dotación de medios y recursos económicos para prevenir y atender a las víctimas, también van acompañados de graves retrocesos y de la fuerte oposición de varios países al Convenio de Estambul, que tienen consecuencias catastróficas para los derechos de las mujeres y las niñas, no solo en Europa, sino que repercuten en todo el mundo:


El gobierno de Turquía, el país anfitrión donde nació el Convenio de Estambul, retira su adhesión.

El Parlamento de Hungría aprobó en mayo de 2020 una declaración pidiendo al gobierno que no ratificara el Convenio, ya firmado en 2014.

El gobierno de Polonia también tiene un plan para retirarse del Convenio y promueve que el Tribunal Constitucional examine su compatibilidad con la Constitución polaca porque es “nocivo por sus elementos de carácter ideológico”.

El Tribunal Constitucional de Bulgaria ya dictó sentencia contra la ratificación del Convenio por ser incompatible con su Constitución. Tampoco lo ha ratificado Eslovaquia, que lo había suscrito en 2011.

La República Checa también rechazó ratificarlo en 2020 aunque estaba pendiente de hacerlo desde 2018.


Por lo tanto, el Convenio de Estambul sigue siendo imprescindible en la lucha contra la violencia y por los derechos de las mujeres y las niñas. Debe garantizarse que todos y cada uno de los países de Europa lo ratifiquen lo antes posible y asegurar que ninguno lo abandone.

El Convenio de Estambul aspirando a crear una Europa libre de violencia contra las mujeres, establece los siguientes objetivos fundamentales:

  • Proteger a las mujeres contra toda forma de violencia posible, y prevenir, perseguir y eliminar la violencia contra la mujer y la violencia doméstica;

  • Contribuir a eliminar toda forma de discriminación contra la mujer y promover la igualdad real entre mujeres y hombres, incluyendo el empoderamiento de las mujeres;

  • Concebir un marco global, políticas y medidas de protección y asistencia a todas las víctimas de violencia contra la mujer y la violencia doméstica;

  • Promover la cooperación internacional para eliminar la violencia contra la mujer y la violencia doméstica;

  • Apoyar y ayudar a las organizaciones y las fuerzas y cuerpos de seguridad para cooperar de manera eficaz y adoptar un enfoque integrado con vistas a eliminar la violencia contra la mujer y la violencia doméstica.

Además, el Convenio de Estambul protege a todas las mujeres y niñas sin discriminación y contiene disposiciones específicas para mujeres y niñas refugiadas y migrantes. Introduce la posibilidad de otorgar a las mujeres migrantes supervivientes de violencia doméstica un permiso de residencia autónomo cuando su estado de residencia depende del de su pareja abusiva. También solicita a los gobiernos que reconozcan la violencia de género contra las mujeres como una forma de persecución y un criterio a tener en cuenta cuando buscan protección internacional en Europa.

Convention 210 Spanish
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